– FUNCIÓN SOCIAL DE LA EDUCACIÓN DE PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS
Al sistema educativo y a la escuela en particular la sociedad le asigna una función específica, cual es la distribución de los conocimientos socialmente válidos, históricamente acumulados y su construcción. El acceso a este patrimonio es un derecho de todos los hombres y mujeres y un deber del Estado en una sociedad democrática, garantizarlo, tal como establece la Constitución Nacional en su Artículo 14 como derecho a educar y ser educado.Es parte de la función de la Educación de Personas Jóvenes y Adultas pugnar por políticas que permitan lograr una mayor igualdad y ampliar el campo de oportunidades, principalmente de aquellos/as sujetos/as, jóvenes y/o adultos/as, excluidos/as del sistema educativo y pertenecientes a distintos sectores sociales. Es imprescindible que la Educación de Personas Jóvenes y Adultas reafirme su rol dentro del sistema y se vaya constituyendo en punto de encuentro entre los saberes creados y transmitidos por el pueblo y el saber científico y tecnológico. En esta concepción, el conocimiento no debe ser entendido sólo en términos de adquisición acumulativa, sino más bien, en una forma permanente, personal y colectiva de elaboración, acerca del hombre, la mujer y la realidad, en vista a su comprensión como primer paso para su transformación.
ANTEPROYECTO DISEÑO CURRICULAR DE LA EDJA
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